Uno de los temas que más confusión genera entre los trabajadores mexicanos es saber bajo qué régimen se van a pensionar: Ley 73 o Ley 97. Aunque ambos pertenecen al IMSS, funcionan de manera completamente distinta, y esta diferencia puede representar miles de pesos al mes en tu pensión.
En este artículo te explicamos en qué consiste cada régimen, cómo saber cuál te corresponde, y qué debes tomar en cuenta para planear mejor tu retiro.
¿Cómo saber si eres Ley 73 o Ley 97?
Todo depende de la fecha de tu primer registro ante el IMSS:
- Si empezaste a cotizar antes del 1 de julio de 1997, perteneces a la Ley 73.
- Si tu primer registro fue a partir de esa fecha, te corresponde la Ley 97.
Esta información es pública y puedes consultarla directamente en tu constancia de semanas cotizadas del IMSS, donde también aparece tu historial laboral completo.
La diferencia principal: cómo se calcula tu pensión
Ley 73: beneficio definido
En la Ley 73, el IMSS te paga directamente una pensión vitalicia. El monto se calcula con base en:
- Tu salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas (aproximadamente tus últimos 5 años de trabajo).
- Un porcentaje según tu edad al momento de pensionarte, que va del 75% al 100% (siendo los 65 años el 100%).
Es un esquema de «beneficio definido»: sabes de antemano cómo se calcula tu pensión, la recibes de por vida sin importar cuánto vivas, e incluye un mes adicional de aguinaldo cada noviembre.
Ley 97: contribución definida
En la Ley 97, tu pensión depende exclusivamente del saldo acumulado en tu cuenta AFORE a lo largo de tu vida laboral. No hay un cálculo basado en tu salario promedio ni en tu edad; el monto que recibas depende de cuánto lograste ahorrar (junto con los rendimientos generados y las aportaciones patronales y del gobierno).
Bajo este régimen existen tres modalidades para recibir tu pensión:
- Renta Vitalicia: se contrata con una aseguradora y garantiza un pago mensual de por vida, ajustado anualmente con la inflación. Requiere la compra de un Seguro de Sobrevivencia para tus beneficiarios.
- Retiro Programado: se contrata directamente con tu AFORE. A diferencia de la renta vitalicia, este pago se recibe únicamente hasta que se agoten los recursos de tu cuenta.
- Pensión Garantizada: la otorga el Gobierno Federal a quienes cumplen con la edad y las semanas requeridas, pero cuyo ahorro no es suficiente para contratar una renta vitalicia.
Un punto importante: la pensión bajo la Ley 97 no incluye aguinaldo, a diferencia de la Ley 73.
Las semanas requeridas también son distintas
- En la Ley 73, el mínimo son 500 semanas cotizadas.
- En la Ley 97, el requisito es considerablemente mayor y sigue aumentando cada año como parte de la reforma de 2020: comenzó en 750 semanas en 2021 y llegará a 1,000 semanas en el año 2031. Actualmente, en 2026, el requisito ya se encuentra por arriba de las 850 semanas.
Si al llegar a la edad de retiro no se cumple con las semanas cotizadas requeridas por la Ley 97, el IMSS emite lo que se conoce como una Negativa de Pensión.
¿Y si cotizaste antes de 1997?
Si tu primer registro fue antes del 1 de julio de 1997, tienes un beneficio importante que muchos desconocen: al momento de pensionarte, tienes el derecho de elegir entre la Ley 73 o la Ley 97, lo que te permite comparar cuál régimen te conviene más según tu historial salarial y tus semanas cotizadas.
¿Por qué es importante identificar bien tu régimen?
Confundir ambos esquemas puede llevar a expectativas equivocadas sobre el monto que vas a recibir. Un error común es comparar la cuantía mínima de la Ley 73 con la Pensión Garantizada de la Ley 97, cuando en realidad son dos figuras distintas, calculadas de forma diferente.
Identificar correctamente tu régimen es el primer paso para saber qué estrategia te conviene, ya sea maximizar tu salario de cotización antes de pensionarte (en el caso de Ley 73), o revisar el estado de tu cuenta AFORE (en el caso de Ley 97).
¿Cómo consultar tu régimen y tus semanas cotizadas?
Puedes obtener tu constancia de semanas cotizadas directamente en el portal del IMSS:
Solicitar constancia de semanas cotizadas
Te recomendamos pedir el reporte DETALLADO, ya que te permite apreciar mejor tus semanas y salarios registrados a lo largo de tu historial laboral.
Nuestra asesoría está enfocada en trabajadores bajo la Ley 73 y en portabilidad IMSS-ISSSTE. Si ese es tu caso, contáctanos y con gusto te explicamos si tu caso aplica para la asesoría y cuáles serían los siguientes pasos.








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