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Dejó de cotizar hace años y todavía puede pensionarse

Dejó de cotizar hace años y todavía puede pensionarse

Es uno de los casos que más vemos en la asesoría: una persona de 55 años que empezó a trabajar en 1988, dejó de cotizar en 2004 y tiene 395 semanas registradas en el IMSS. Piensa que, después de tantos años, ya perdió todo. Y la realidad es que, en la mayoría de los casos, no es así.

Las semanas no se pierden, la vigencia sí

Las semanas que cotizaste son tuyas y quedan registradas en tu historial. Lo que sí se puede perder, con el tiempo, es la vigencia de tus derechos: es decir, el periodo durante el cual el IMSS te sigue reconociendo esas semanas para efectos de una pensión.

Perder la vigencia no es perder las semanas. Y la vigencia se puede recuperar.

¿Cuánto dura la vigencia?

Después de tu última baja, conservas tus derechos durante un tiempo equivalente a una cuarta parte del tiempo cotizado. Con 395 semanas (aproximadamente 7.6 años), la conservación de derechos dura casi 2 años desde la última baja.

Si esa fecha ya pasó, tus derechos están «dormidos», pero no desaparecidos.

¿Cómo se recupera la vigencia?

Hay dos caminos principales:

  • Volver a cotizar en un empleo formal. Al reingresar al IMSS con un patrón, se reactiva tu vigencia.
  • Modalidad 10, siempre que exista una actividad real y verificable, y estés al corriente con el SAT. El IMSS puede detectar simulaciones, por lo que esta vía debe corresponder a una actividad verdadera.

La Modalidad 40 solo aplica si la última baja fue hace 5 años o menos, además de otros requisitos, por lo que en casos de muchos años sin cotizar normalmente no es una opción.

¿Y si no llego a las 500 semanas?

Con 395 semanas te faltan 105 para el mínimo de 500, es decir, aproximadamente dos años de cotización.

La edad no es un impedimento:

  • Si tienes 55 años, todavía hay tiempo de sobra para completarlas y llegar a la edad de pensión.
  • Si tienes más de 60, también conviene. Lo importante es completar las semanas y estar vigente.

Qué esperar, con honestidad

En casos donde se dejó de cotizar durante tantos años, es probable que el salario promedio sea bajo y que la pensión resultante sea la mínima garantizada. Aun así, es mucho mejor que no recuperar nada, sobre todo cuando ya existe el derecho y solo falta ordenarlo.

Una pensión es un ingreso mensual de por vida, con aguinaldo, actualización anual y servicio médico del IMSS.

Antes de rendirte, revisa tu caso

Hay quienes, por pensar que no tienen derecho, cobran su retiro o aceptan una negativa de pensión. Esto puede cerrar la pensión de forma definitiva y hacerte perder el servicio médico. Es una decisión que no tiene marcha atrás.

Antes de tomar cualquier decisión, conviene revisar tu historial completo y tus fechas.

¿Qué hacer primero?

El primer paso es solicitar tu constancia de semanas cotizadas, en el reporte DETALLADO:

Solicitar constancia de semanas cotizadas

En cuanto la recibamos confirmamos si tu caso aplica para la asesoría y te explicamos los siguientes pasos.


Saludos Cordiales

Rogelio Garza de Maximizando tu Pensión Tel. (81) 2556-7379 Atención telefónica de lunes a viernes de 9:00 A.M. a 5:30 P.M. maximizandotupension.com

4 respuestas a «Dejó de cotizar hace años y todavía puede pensionarse»

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  1. Rubén Wilson

    buenas tardes mi nombre es Rubén Wilson soy ley 73 tengo 1860 semanas cotizadas un salario promedio de 1090 pesos..tengo 58 años 9 meses..me acaban de dar una pensión IPP por riesgo de trabajo del 30 %,,,me gustaría saber si puedo hacer modalidad 40 por lo menos un año para mejorar mi salario diario integrado y si tendría algún problema al cumplir mis 60 años y solicitar mi pensión por cesentia.. gracias

    1. El Equipo Maximizando Tu Pensión

      Hola Rubén

      Yo si lo recomiendo pero lo mejor es evaluarlo para tener claridad de tu rentabilidad.

      Saludos Cordiales,
      Rogelio Garza de Maximizando tu Pensión

  2. Virginialorena Valenzuela leon

    Soy modalidad 10 pero dicen que tengo solo 196 semanas y tengo 58 años y dicen que tengo que trabajar 6 años

    1. El Equipo Maximizando Tu Pensión

      Hola Virginia Lorena

      Si eres ley 73 debes cumplir al menos 500 semanas reconicidas para que tengas el derecho.

      Saludos Cordiales,
      Rogelio Garza de Maximizando tu Pensión

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