La SCJN emitió una nueva jurisprudencia acerca del Régimen transitorio del sistema de pensiones IMSS sobre quienes optaron por el sistema pensionatorio de la ley derogada 73 del IMSS.
Si bien lo que dice es que el salario promedio que se debe aplicar tiene un tope máximo de 10 salarios mínimos y no de 25 como dice la ley 97 del IMSS.
Es importante mencionar que en este sentido ya ha habido otras jurisprudencias como es el caso de la de 2016, y que se aplica actualmente en todos los casos en que la pensión se ventila por vías de tribunales.
El IMSS está aplicando las mismas condiciones con las que se ha hecho desde la aplicación de los transitorios en la nueva ley o sea 25 salarios ahora restringidos por el UMA.
La anterior ocasión el instituto fue rápido para fijar su postura en cambio en esta fue tardado pero es en el mismo sentido por lo que actualmente continuamos con un tope de 25 UMAs.
Cabe mencionar que actualmente no hay ninguna iniciativa para cambios en la ley a fin de reducir el tope de pensiones.
Si bien actualmente no nos está afectando, la importancia de la revisión y toma de acciones es más importante que nunca a fin de saber que estamos tomando decisiones correctas en el tiempo adecuado.
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