La Suprema Corte de Justicia de la Nación, resolvió que las pensiones deben calcularse con salarios mínimos y no con UMAs.
Las UMAs que es la unidad de medida y actualización fue un cambio que se hizo en 2017 con la finalidad de des indexar los salarios mínimos a una serie de obligaciones y otros supuestos previstos en las leyes, con la intención de liberar una cosa de la otra, y así afecto la valuación de la pensión vía limitar el salario tope considerando un máximo de 25 UMAs y no 25 salarios mínimos del Distrito Federal que se utilizaba.
Ahora, el día 20 de septiembre del 2019 la SCJN resolvió que las pensiones no deberán ser sujetas a este tratamiento ya que no es obligación de otro tipo sino del mismo ámbito, dado que procede de los salarios y es parte de ellos mismos.
Con el fallo de la suprema Corte se deberá cambiar el tope de registro en los regímenes obligatorio y voluntario que afecten a la nueva resolución.
Comento se debe ya que al día de hoy no hay ningún cambio ni posición alguna por parte del IMSS.
Menos aun de que posibles cambios en materia de pensiones que pueda haber de aquellos pensionados que los afecto este tope en su momento y lo que se hará en cálculos con tope de ya registrados en UMA de los años 2017 hasta la fecha del cambio.
Esto llevara a cambios aun no definidos los cuales seguiremos en forma puntual para apoyar a nuestros clientes.
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