Este es uno de los requisitos que se debe cumplir para poder pensionarte ¿pero a que se refiere?
Cuando dejas de cotizar al IMSS tienes un tiempo de gracia para poder ejercer ciertos seguros como son el de cesantía en edad avanzada y vejez e invalidez y vida.
El tiempo de gracia se refiere a que aun sin estar cotizando puedes reclamar estos derechos dentro de ese tiempo.
Este tiempo de gracia esta dado como la cuarta parte del tiempo total que haz cotizado, es decir si cotizaste 1000 semanas por ejemplo después de dado de baja, aun conservaras el derecho por 250 semanas tanto para pensionarte como para la eventualidad de invalidez y vida.
Esto no quiere decir que sea lo que más te conviene para pensionarte, siempre hay que evaluar y planear la pensión ya que la pensión es para el resto de la vida tuya o de tu esposa o concubina, el tiempo devalúa los ingresos y puedes tomar acciones que la afecten a tu favor con un diferencial muy importante.
Esta conservación de derechos a veces confunde que también da derecho a la Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio pero no es así cuando se piensa en la continuación se rige por otro requisito que es el haber laborado al menos 52 semanas en los últimos 5 años para poder inscribirse independiente de si esta en conservación de derechos o no.
La recuperación de tus derechos cualesquiera que sea es una acción muy importante para lograr una pensión, en la cual se debe vigilar hacerlo correctamente a fin de evitar contrariedades futuras.
Yo recomiendo conocer tu estatus en el IMSS y conocer tus fechas ya que son limitantes de cada caso y pueden cambiar las acciones a realizar para maximizar tu pensión o solo lograrla.
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